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Cuando hablamos de bienes raíces, normalmente pensamos en la propiedad absoluta de un inmueble. Sin embargo, la ley establece diferentes derechos sobre bienes ajenos, como el usufructo, uso y habitación, que permiten a una persona beneficiarse de una propiedad sin ser su dueño.
Estos conceptos son fundamentales en el sector inmobiliario, especialmente en temas de herencias, contratos y planeación patrimonial. Saber diferenciarlos te ayudará a entender cómo puedes ganar provecho de una propiedad sin ser el propietario o qué derechos puedes otorgar a terceros sobre un inmueble.
En este artículo, exploraremos qué significan estos términos y cómo se aplican en bienes raíces en México.
El usufructo es el derecho que permite a una persona (usufructuario) usar y beneficiarse económicamente de un bien ajeno sin ser el dueño.
Básicamente, el usufructuario puede habitar el inmueble, alquilarlo o explotarlo económicamente, pero no puede venderlo, ya que la propiedad sigue perteneciendo al nudo propietario.
Imagina que una madre quiere dejar su casa a su hijo, pero desea seguir viviendo en ella y rentar una parte para obtener ingresos. Mediante un usufructo, la madre podrá seguir disfrutando del inmueble y recibir beneficios de él, aunque el propietario legal sea su hijo.
Permite el uso y aprovechamiento económico del inmueble.
Puede ser temporal o vitalicio.
Puede aplicarse sobre bienes muebles o inmuebles.
No otorga la propiedad del bien, solo su posesión y explotación.
El uso es un derecho más limitado que el usufructo. Permite a una persona utilizar un bien ajeno, pero sin obtener beneficios económicos de él.
En términos simples, el usuario puede vivir en la propiedad, pero no puede rentarla o vender sus productos si se trata de un bien productivo, como un terreno agrícola.
Si un abuelo le otorga el derecho de uso de su casa a su nieto, este podrá vivir en la casa mientras dure el derecho, pero no podrá alquilarla o vender sus productos agrícolas si hubiera un huerto en la propiedad.
Otorga posesión, pero no propiedad.
No permite obtener beneficios económicos del inmueble.
Puede ser temporal o vitalicio.
Se extingue si el usuario deja de hacer uso del bien.
El derecho de habitación es un derecho aún más restringido que el uso. Solo permite habitar un inmueble ajeno, sin extender el beneficio a familiares ni permitir el uso comercial.
A diferencia del usufructo o el uso, la habitación es intransferible, es decir, el beneficiario no puede ceder ni alquilar la propiedad a otra persona.
Si un testamento otorga el derecho de habitación a una persona, esta podrá vivir en la casa hasta que termine el plazo establecido, pero no podrá rentar las habitaciones o compartir el inmueble con alguien más sin permiso del propietario.
Solo permite vivir en el inmueble, sin ningún otro beneficio.
Es personal e intransferible.
No genera obligaciones fiscales para el beneficiario.
Se extingue con la muerte del beneficiario o si deja de habitar la propiedad.
Evita malentendidos en herencias: Muchas veces, las personas creen que al heredar un inmueble tienen total libertad sobre él, cuando en realidad puede haber derechos de usufructo, uso o habitación que limiten su disposición.
Planeación patrimonial inteligente: Si quieres asegurar el bienestar de tus familiares sin perder el control de tu propiedad, estos derechos te permiten ceder el uso sin transferir la propiedad total.
Seguridad en contratos inmobiliarios: Antes de firmar un contrato, es importante entender si se trata de una cesión de propiedad o solo un derecho de uso o usufructo, evitando problemas legales en el futuro.
En bienes raíces, no todo se trata de ser propietario absoluto. Existen derechos como el usufructo, uso y habitación, que permiten a una persona beneficiarse de un inmueble sin ser el dueño.
Si estás en un proceso de compra, herencia o cesión de derechos sobre una propiedad, conocer estas diferencias te ayudará a proteger tu inversión, planear tu patrimonio y evitar problemas legales en el futuro.
Como siempre, asesorarte con expertos es la mejor forma de garantizar que cualquier acuerdo de usufructo, uso o habitación se haga conforme a la ley y sin riesgos innecesarios.